Mi negocio · Detracciones y retenciones

Tu cuenta de detracciones, bajo control.

Reviso qué operaciones debieron tener detracción o retención, concilio tu cuenta del Banco de la Nación y te ayudo a usar o liberar ese dinero cuando se puede.

Te atiende Gerardo Lindoro, contador público colegiado. Alcance y precio antes de empezar.

Tres sistemas distintos

  • Detracción (SPOT). Tu cliente deposita un porcentaje del precio en tu cuenta de detracciones del Banco de la Nación. Ese dinero sirve para pagar tus tributos. Se aplica a ciertos bienes y servicios, en servicios cuando la operación supera S/ 700.
  • Retención del IGV. Si tu cliente fue designado agente de retención, se queda con el 3 % del total de la operación y te entrega un comprobante de retención, que descuentas de tu IGV.
  • Percepción del IGV. Es al revés: tu proveedor, designado agente de percepción, te cobra un porcentaje adicional que luego aplicas contra tu IGV.

Porcentajes frecuentes en servicios

  • 12 %: la mayoría de servicios gravados con IGV, mantenimiento y reparación, y otros servicios empresariales.
  • 10 %: arrendamiento de bienes muebles.
  • 4 %: contratos de construcción y transporte de bienes por vía terrestre.

Los porcentajes dependen del código de bien o servicio de la operación. Reviso cuál corresponde a cada una de tus facturas.

¿Puedo usar el saldo?

El dinero de tu cuenta de detracciones sirve para pagar tus tributos y aportes que administra SUNAT. Si queda saldo, puedes pedir su liberación cumpliendo requisitos: no tener deuda exigible, no estar como no habido, llevar tus registros electrónicos y haber declarado a tiempo, entre otros. SUNAT evalúa cada solicitud. Si detecta inconsistencias, puede ingresar los fondos como recaudación para cubrir deudas.

Qué incluye

  • Revisión de tus operaciones sujetas a detracción, retención o percepción.
  • Conciliación de tu cuenta de detracciones con tus comprobantes.
  • Aplicación de retenciones y percepciones en tus declaraciones.
  • Evaluación y solicitud de liberación de fondos, cuando corresponda.

La liberación de fondos depende de los requisitos y de la evaluación de SUNAT; el servicio no garantiza su aprobación.

Qué necesito de ti

  • Tus facturas emitidas y recibidas del periodo.
  • Los movimientos de tu cuenta de detracciones del Banco de la Nación.
  • Las constancias de depósito y los comprobantes de retención o percepción.
  • Tu Clave SOL o un usuario secundario con los permisos del encargo.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi cliente no depositó la detracción?

La obligación de depositar es de tu cliente, pero la falta del depósito puede afectar a ambos. Revisamos la operación y cómo regularizarla.

¿Puedo pagar mi IGV con el dinero de detracciones?

Sí. Los fondos se usan para pagar tributos y aportes que administra SUNAT, como el IGV, la renta o EsSalud.

¿Cada cuánto puedo pedir la liberación de fondos?

SUNAT fija los periodos y requisitos para presentar la solicitud. Revisamos si cumples y el momento en que puedes presentarla.

Mi cliente me retuvo el 3 %, ¿lo pierdo?

No. La retención se descuenta del IGV que debes pagar. Si te retuvieron más de lo que debes, el saldo se arrastra o se puede solicitar su devolución.

Gerardo Lindoro, contador público colegiado

Quién te atiende

Gerardo Lindoro

Contador Público Colegiado · Colegio de Contadores Públicos del Callao, colegiatura N.º 6400 · RUC 10736819436. Atiendo cada consulta personalmente: reviso tu caso, te explico las opciones y te doy el alcance y el precio antes de empezar.

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